¿Es el Derecho Europeo prevalente?

Desde la incorporación de España (Reino de España) a la Unión Europea en 1985, se ha ido produciendo una unificación de todo el marco legal que rige en los paises que conforman la propia Unión.

Los Tratados suscritos por los diferentes estados que conforman la Unión Europea, los Reglamentos y Directivas Comunitarias, han determinado un nuevo marco legal común para todos los Europeos. Una legislación que todas las instituciones europeas y los propios Estados (como España) han de cumplir.
 


Los guardianes del correcto cumplimiento de esas columnas legislativas europeas son el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, con sede en Luxemburgo, y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos cuya sede se halla en Estrasburgo.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea es el encargado de que se cumpla y aplique correctamente y de la misma manera la legislación europea; mientas que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos es el Tribunal que vigila y vela por la protección de los derechos fundamentales de los europeos.

Lo anterior supone que en cuanto los Estados que conforman la Unión Europea han ido "cediendo soberania" a Europa, se han ido quedando sin la misma, y por tanto se han convertido en hornacinas que reflejan las leyes fundamentales de Europa, a las que se deben tanto ellos como sus tribunales e instituciones.


Lo anterior hace necesaria una reflexión en cuanto a que, en este momento histórico, las verdaderas columnas y principios legales que nos rigen son las de Europa que nos auna a todos en su seno, garantizándonos por encima de las pocas fronteras que quedan en Europa, un derecho común que debe de prevalecer igual para todos los ciudadanos europeos.

Todo en el sentido que los derechos fundamentales (vida, libertades de expresión, opinión e información, secretos postales...) no son cosa ya de cada Estado, sino que son cosa ya de Europa.

La cuestión se observa de una manera más detallada en los siguientes informes:

1.- La prevalencia del derecho europeo.

¿Ha perdido el Estado Español capacidad para legislar determinadas cuestiones? ¿Qué legislación es más importante? ¿Cual es el Tribunal que debe resolver las cuestiones fundamentales?

A partir página 32. --> Informe

2.-Prevalencia y ejecutoriedad de la Carta de los Derechos Fundamentales de los ciudadanos de la Unión sobre el texto y la interpretación de los contenidos en la Constitución Española.

¿Qué derechos fundamentales asisten a los ciudadanos europeos? ¿Puede el Estado Español contradecir los derechos fundamentales europeos? ¿Que ley prevalece?

A partir página 29. --> Informe


3.- El derecho fundamental de la libertad de expresión en relación a una consulta popular vehiculada a través de la forma de referéndum.

¿Que es el derecho de la libertad de expresión? ¿Es un derecho fundamental europeo? ¿Cabe limitar dicho derecho mediante una autorización?

A partir página 28 --> Informe

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